Recetas Médicas Electrónicas

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó desde el 17/jul/2018 cambios en el Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, estableciendo en su Artículo 64, sección VI que las recetas médicas expedidas en México deberán contener, entre otros datos:

La firma autógrafa o, en caso de contar con medios tecnológicos, firma digital o electrónica de quien la expide.

Esto implica que una receta electrónica con firma digital, como las que emiten los médicos en Bloss Med , debe ser aceptada en cualquier establecimiento en México, dado que cumple con toda la legislación aplicable.

Fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación)